Cuáles son las Exenciones de Tarifas para una Persona Litigante


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Las exenciones de tarifas son cruciales para el acceso a la corte de los litigantes

Obtener una exención de honorarios al inicio de un caso es crucial para los litigantes de bajos ingresos. Sin una exención de honorarios, a estos litigantes se les puede negar efectivamente el acceso a los tribunales. No pueden pagar la tarifa de presentación inicial u otros costos judiciales y, por lo tanto, no pueden comenzar o continuar litigando sus casos. La tarifa actual para presentar una acción de disolución de matrimonio es de $435.

La Solicitud de Exención de Tasas Judiciales (FW-001) es el primer formulario completado con Litigantes, por lo que saben desde el principio si tendrán o no que pagar tasas judiciales en su caso.

  1. Qué cargos no se aplican
    La exención inicial cubre las tarifas de presentación (incluidos los documentos iniciales y todos los documentos futuros), las tarifas para hacer y certificar copias, las tarifas del sheriff por el servicio y algunas otras, con menos frecuencia costes incurridos.
    La Solicitud de Exención de Tarifas Judiciales Adicionales (FW-002) es un formulario separado que cubre las tarifas por servicios que no están incluidos en la exención de tarifa inicial. Por lo general, se completa más adelante en el proceso de litigación a medida que surge la necesidad, en previsión de una fecha de audiencia o una evaluación de custodia.
  2. Fecha de caducidad
    Una vez obtenida, la exención de honorarios dura todo el caso y no expira hasta 60 días después del juicio. Sin embargo, se puede revisar, y en instancias terminadas, en circunstancias especificadas como se detalla a continuación.

Completar la Solicitud de Exención de Tasas Judiciales

  1. Confidencialidad del formulario
    La solicitud de exención de tasas judiciales es una forma confidencial y la oposición no debe notificar a la parte una copia de esta. Este formulario también se mantiene en un parte confidencial del expediente judicial para que la otra parte no tenga acceso a ella.
  2. Dónde y cuándo presentar
    Las solicitudes de exención de tasas judiciales son revisadas por el secretario de la corte. En el Centro Distrito de la Corte Superior de los Ángeles (L.A.S.C.), los litigantes presentan sus honorarios y solicitudes de exención en la sala 426. Si el secretario no otorga la exención de tarifas ordenadas, el litigante debe ser dirigido al juez en el departamento 2, Sala 215, para su respectiva revisión. Ningún otro alegato necesita acompañar a la solicitud de exención de tarifas. Si el secretario intenta denegar la orden sobre esto o cualquier otra base, el litigante debe pedir comparecer ante un juez. Litigantes que reportan cero ingresos en su solicitud o cuya entrada excede las pautas de indigencia puede esperar ser dirigido al juez, quien es probable que les haga preguntas relacionadas con su fuente de apoyo.
    En el momento en que se presenta la solicitud de exención de tasas judiciales, los litigantes no están obligados a proporcionar información de apoyo con respecto a su recepción de beneficios, su identidad o sus circunstancias financieras. El litigante no necesita estar presente en persona para presentar la solicitud. Sin embargo, si el tribunal establece una audiencia de elegibilidad, se le puede pedir al litigante que proporcione esta información.
    Se fijará una audiencia para el litigante si la información proporcionada en la solicitud no establece de manera concluyente que el solicitante es elegible para una exención.
  3. Aviso sobre el reembolso de las tarifas
    La solicitud de exención de tarifas judiciales incluye un aviso a los litigantes de que es posible que tengan que pagar más tarde sus tarifas exentas si ocurre cualquiera de las siguientes situaciones:
    El litigante no puede proporcionar prueba de elegibilidad, o la situación financiera del litigante cambia durante el caso. Los litigantes ahora tienen el deber afirmativo de notificar al tribunal sobre cualquier cambio significativo en los ingresos. Consulte la sección a continuación sobre Recuperación de tarifas exentas.
  4. Cumplimentación del formulario
    • Punto 1 Su información:
      1. Consistente de los nombres de los partidos: El litigante debe decidir qué nombre va a usar en todos los alegatos, comenzando con este, y debe usarlo durante todo el caso. Lo mismo ocurre con la identificación de la parte contraria y los alias que la parte contraria puede emplear. El litigante puede seleccionar su nombre legal o el nombre por el que es generalmente conocido, siempre y cuando siga usándolo constantemente.
      2. Programa de Dirección Confidencial: El Litigante también debe decidir qué dirección desea usar en los alegatos. El litigante debe ser alertado de que su dirección y número de teléfono aparecerán en todos los documentos de la corte y que la parte contraria recibirá copias de la mayoría de los documentos esos documentos. Algunos litigantes no quieren que la otra parte sepa su dirección actual. Si el litigante tiene miedo de la otra parte que desconoce su ubicación, puede usar la dirección de un tercero. Esta debe ser una dirección confiable donde el litigante pueda recibir correo durante toda la pendencia de la acción.
        El programa de direcciones confidenciales seguras en el hogar de la oficina del secretario de Estado proporciona servicios de reenvío de correo a víctimas de violencia doméstica donde la parte contraria no lo hace actualmente para conocer la dirección del litigante.
    • Punto 2: Los litigantes deben completar su información de empleo o, si están desempleados, escribir desempleados.
    • Punto 3: Los litigantes deben marcar la primera casilla para el tribunal superior.

Dato importante:

Un litigante puede calificar para una exención de tarifas bajo tres estándares separados:

  1. Categoría 5a:
    Los litigantes que reciben ciertos tipos de beneficios del gobierno, incluidos CalWORKs, SSI, cupones de alimentos, Medi-Cal y General Relief, son elegibles para una exención.
  2. Categoría 5b:
    Los litigantes cuyo ingreso familiar bruto total sea inferior a los estándares establecidos por el Consejo Judicial (véase el formulario FW-001) son elegibles para una exención. (Modelo de muestra 3A-1)
  3. Categoría 5c:
    Aquellos litigantes cuyo ingreso familiar bruto total exceda los límites del Consejo Judicial aún pueden ser elegibles para una exención de tarifas, si pueden demostrar que no pueden pagar tasas judiciales y también pagar las necesidades básicas de la vida.

Es importante determinar la categoría correcta del litigante. Los litigantes que soliciten bajo las Categorías 5a y 5b deben recibir automáticamente una exención de tarifas, mientras que un Litigante que solicite bajo la categoría 5c probablemente tendrá que ir ante un juez y es posible que no reciba una exención en absoluto.

  1. Por lo tanto, primero verifique si el litigante califica bajo 5a. En segundo lugar, si el litigante califica bajo 5b. Solo si el litigante no califica bajo 5a o 5b debe solicitar bajo 5c.

Pregúntele al litigante si recibe alguno de los siguientes beneficios:

  • CARA
  • Medi-Cal
  • CalWORKs
  • Alivio general
  • SSI/SSP (no SSDI)
  • Cupones de alimentos

PUNTOS IMPORTANTES

  1. Número de personas en el hogar:
    Esta es también una pregunta crítica, ya que determina cómo se distribuirán los ingresos. La solicitud dice: Incluya solo a su cónyuge y a todas las personas que dependen en su totalidad o en parte de usted para obtener apoyo, o de quienes depende en su totalidad o en parte para apoyo.
    1. La respuesta a esta pregunta generalmente debe involucrar solo al litigante y a los hijos del litigante. Los abuelos, otros parientes o compañeros de cuarto normalmente deben ser excluidos porque generalmente tienen sus propias fuentes de ingresos y se mantienen a sí mismos. Tenga en cuenta que estamos tratando de establecer el hogar económico del litigante y no el número de personas que viven con el litigante y sus ingresos.
      Como regla general, cuantas más personas y los ingresos anteriores se consideren en este cálculo, menos probable es que sea correcto y más probable es que el Litigante no calificará para una exención de tarifas.
    2. Si un litigante no puede evitar incluir a otros miembros del hogar porque está recibiendo un apoyo financiero significativo de ellos, se debe adjuntar una declaración explicando por qué los ingresos de los otros miembros del hogar no están disponibles para pagar las tasas judiciales del litigante.
  2. Sólo deben figurar los activos significativos:
    El litigante no debe enumerar ninguna propiedad en la que no tenga un interés de propiedad actual y real (por ejemplo, no enumera una herencia anticipada, pero solo si la propiedad que ya se ha heredado).
  3. Tenga en cuenta que, para dar una imagen precisa de las finanzas del litigante, los gastos deben incluirse para todas las personas que figuraban en el hogar del litigante en el artículo 9. En otras palabras, los gastos mensuales deben calcularse para cada persona.
    1. Pregunta cuidadosamente:
      Realice una entrevista detallada con el litigante sobre sus gastos mensuales. Un litigante no debe responder "cero" para ninguna categoría del respectivo formulario a menos que realmente no sea aplicable a su situación. Por ejemplo, si un litigante no tiene ningún seguro o no paga manutención de hijos o cónyuges, es apropiado completar cero. Sin embargo, si un litigante responde que su ropa mensual, cuidado infantil, lavandería y gastos médicos son cero, el litigante debe ser interrogado aún más. La mayoría de los litigantes habrán gastado dinero en estos artículos en algún momento del año pasado. Para calcular la cantidad mensual, haga que el litigante estime la cantidad que gasta en estas categorías durante el último período de doce meses y divida en consecuencia.
    2. Los gastos del litigante son iguales o superiores a los ingresos:
      Comparar los ingresos mensuales totales del litigante con los gastos mensuales totales debería tener una idea de si es probable que el litigante sea aprobado para una exención de tarifas. Si el litigante puede mostrar gastos razonables (por ejemplo, comida y transporte en lugar de relacionados con el entretenimiento) que excedan o igualan su ingreso, es probable que sea aprobado para una exención.
    3. Gastos del litigante Cuestionables:
      Si el litigante muestra gastos que exceden sus ingresos, pero algunos gastos son de necesidad cuestionable (como gastos de entretenimiento o una extremadamente alta factura de Internet/teléfono), el litigante probablemente tendrá que comparecer ante un juez.
    4. Los ingresos del litigante exceden los gastos:
      Si los ingresos del litigante exceden sus gastos en una cantidad no trivial, es probable que deba comparecer ante un juez. Indíquese que solicite una exención parcial de tarifas o un plan de pago si el juez no otorga una exención de tarifas completa.
      Tenga en cuenta, sin embargo, que los tribunales no deben negar a los litigantes una exención de honorarios simplemente porque sus ingresos exceden sus gastos, el caso seminal sobre exenciones de tarifas en California, enfatiza que un pequeño excedente de ingresos o la existencia de una cuenta de ahorros no es pruebas suficientes para que el juez niegue una exención de honorarios sin escuchar la explicación de la litigante de por qué no puede pagar las tasas judiciales.

Orden sobre exención de tasas judiciales

  1. Cumplimentación de formularios y copias:
    1. Finalización del formulario:
      Los litigantes solo deben completar los artículos 1-3 y el título corto en la parte posterior del pedido. El tribunal completará el resto del formulario.
    2. Copias:
      Las copias adicionales de la Orden siempre deben adjuntarse al original. El secretario de archivo devolverá las copias al litigante. Una copia de la orden puede ser necesaria para obtener más tarde copias del archivo, o para la notificación por parte del sheriff, peticiones de publicación, presentación de otros documentos, como una solicitud de orden, entre otros.
    3. Servicio por Sheriff o Posting:
      Si el Litigante necesitará que el sheriff sirva a cualquier documento, o si el caso procederá por publicación, el Litigante debe adjuntar una copia adicional de la Orden.

    Nota: El tribunal no puede proporcionar automáticamente copias adicionales conformes de la orden sobre exención de honorarios judiciales a menos que el litigante le dé al secretario una carta que explique la razón de las copias adicionales.
  2. Comprensión de las Órdenes de la Corte:

    Como se señaló anteriormente, el tribunal completó el formulario de orden. Si:
    1. El secretario o el juez concede la solicitud de exención de honorarios en su totalidad.
    2. El tribunal (sólo un juez) denegó la solicitud de exención de honorarios. Si se examina el punto 4b(1) o 4b(2), no se ha fijado ninguna audiencia de retorno. Es muy importante que el litigante tome medidas con prontitud sobre la denegación, ya que si el solicitante no paga las tarifas a tiempo, el secretario puede anular cualquier trabajo previamente presentado. Si:
      • Se verifica el punto 4b(1): El tribunal denegó la solicitud porque falta la información requerida. El tribunal debe especificar qué información falta. El litigante debe presentar una solicitud revisada dentro de los 10 días o pagar las tarifas y costos de presentación.
      • Se verifica el punto 4b(2): El juez cree que el litigante no es elegible para una exención de tarifas basada en la información proporcionada. Si el tribunal verifica este elemento, el litigante tiene 10 días para solicitar una audiencia con el fin de mostrar al tribunal más información o pagar las tarifas y costos de presentación.
    3. El tribunal ya fijó una fecha de audiencia para interrogar a la litigante sobre su solicitud. Las preguntas relacionadas con la elegibilidad deben especificarse en la Orden para que el Litigante pueda prepararse para la audiencia, y la corte puede requerir que el Litigante traiga prueba específica. El litigante debe asistir a esta audiencia o su solicitud de exención de honorarios será denegada. Si el cliente necesita solicitar una fecha de audiencia diferente, debe informar al secretario de inmediato.

La solicitud de exención de tasas judiciales adicionales

  1. Finalidad:
    Una Solicitud de Exención de Tarifas Judiciales Adicionales debe completarse cuando el litigante requiere un servicio que no puede pagar y que no está cubierto por la Solicitud inicial. Para renunciar a las tasas judiciales. Este formulario es requerido con mayor frecuencia por litigantes que no hablan inglés y que no son víctimas de violencia doméstica y, por lo tanto, no califican automáticamente para una certificación judicial gratuita. Intérprete. También puede ser necesario si el litigante solicita, o si el tribunal ordena, una evaluación de custodia a corto o corto plazo ("Centrada en la solución").
  2. Dónde y cuándo presentar:
    La solicitud de Exención de Tarifas Adicionales se puede presentar al mismo tiempo que la Solicitud inicial de Exención de Tarifas Judiciales, pero generalmente se presenta más adelante en el caso, en el momento en que la necesidad de surge la exención financiera adicional. Las exenciones de tarifas adicionales se otorgan a discreción del tribunal y, por lo tanto, siempre debe ser revisado por un juez, a diferencia de la solicitud inicial de renuncia a la corte la solicitud de exención de tasas judiciales adicionales debe presentarse directamente en la sala del tribunal a la que está asignado el caso del litigante. Si el litigante necesita un intérprete en el día de su audiencia o juicio, es recomendable presentar la solicitud de exención de tasas judiciales adicionales en la sala del tribunal varios días después del anticipo de la audiencia.

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